El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de prisión a Santi Mina por un delito de abuso sexual cometido en 2017 en Mojácar. Según la información publicada por RTVE a partir de la sentencia, la Sala de lo Penal rechaza el recurso de casación presentado por el exfutbolista del Celta y mantiene la resolución que ya había sido ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
La decisión conocida este miércoles mantiene también la indemnización de 25.000 euros por daño moral a la víctima. Esa cantidad había sido reducida por el TSJA respecto a los 50.000 euros fijados inicialmente por la Audiencia Provincial de Almería.
El Supremo rechaza los 29 motivos del recurso
La defensa de Mina había articulado 29 motivos en su recurso de casación. Todos han sido desestimados. Entre los argumentos planteados figuraba la tesis de que el futbolista pudo actuar bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer.
El Supremo rechaza esa interpretación y sostiene que los hechos probados no permiten concluir que Mina recibiese una manifestación de consentimiento que pudiera haber interpretado de forma equivocada.
También se desestima el recurso de la víctima
La Sala de lo Penal ha rechazado igualmente el recurso presentado por la víctima, que solicitaba que los hechos fuesen calificados como agresión sexual con penetración y que se impusiese una pena de ocho años de prisión, con una petición subsidiaria de seis años.
El tribunal mantiene por tanto la calificación y la pena fijadas en las resoluciones anteriores.
Se mantiene la absolución de David Goldar
La resolución también confirma la absolución del otro acusado en el procedimiento, David Goldar. La acusación había solicitado su condena como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice, pero esa petición vuelve a ser rechazada.
Una condena que se remonta a 2022
La Audiencia Provincial de Almería condenó a Santi Mina en mayo de 2022 a cuatro años de prisión por abuso sexual. En julio de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó la pena, aunque redujo la indemnización por daño moral de 50.000 a 25.000 euros.
Meses después de aquella resolución, el Celta extinguió unilateralmente el contrato del futbolista, al que todavía le quedaban dos años de vinculación con la entidad.
El pronunciamiento del Supremo cierra ahora la vía ordinaria de casación y deja confirmada la condena de cuatro años de prisión.
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